¿Pretende el Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM) destruir su Archivo?

Las últimas noticias que recibimos parece ser que señalan a una respuesta afirmativa; Sí.

El COAM dispone de un importante Archivo compuesto básicamente por los proyectos que a lo largo de su historia se han ido presentando por la ciudadanía para su visado, preceptivo para  la solicitud  de una licencia de obra en el ayuntamiento pertinente.

Este visado es, por lo general, muy costoso; en ocasiones, casi más –proporcionalmente- que la propia licencia municipal de obra. Según esto, los promotores habrán de ser los principales interesados a tener en consideración en esta operación.

A partir de los datos disponibles, este Archivo está constituido por 80.082 unidades de instalación, que ocupan 43.000 metros lineales de estantería y contiene aproximadamente 2.000.000 de expedientes. En cualquier caso se trata de un Archivo llamado a no crecer físicamente en el futuro, pues desde el pasado año 2005 la documentación ingresa por vía telemática. Ocupará lugar en el futuro, claro está, pero en la nube; lo cual también cuesta dinero, por cierto.

Básicamente se trata de documentación generada entre los años 1973 y 1995, que es la fecha tope de responsabilidad para quienes integran el Colegio. Y que se encuentra alojada en  las instalaciones de una empresa especializada en la custodia y destrucción de documentos ubicada en la localidad  de Cabanillas del Campo (Guadalajara).

Este no es todo el fondo  que integra tal Archivo, pues, también, según  parece, en el Archivo General de la Administración (AGA), en Alcalá de Henares, dependiente del Ministerio de Cultura, se encuentra custodiada la documentación generada entre 1954 y 1973. Ignoramos si ese depósito se hace  mediante algún pago de tasa por el alojamiento, y estaría bien saberlo. Sí sabemos que el AGA ejerce de mero depositario, y no sirve al público la documentación.

Los colegios profesionales no son clubes sociales, sino que son entidades de derecho público, gremiales y obsoletas, por cierto. En el caso del COAM, su Archivo está integrado mayoritariamente, como queda dicho, por los proyectos llevados a visar. Esos proyectos no son propiedad de los arquitectos, los cuales suelen conservar en sus estudios copia de su producción. Una vez que se encuentran en esa institución son de titularidad pública. Ni siquiera los arquitectos son los únicos titulares de los derechos de propiedad intelectual. Igual que en cualquier otra obra intelectual, la autoría es compartida; en un libro, por ejemplo, la comparten el autor, el editor, el diseñador, el fotógrafo, etc. Pues en este caso, la propiedad intelectual de un proyecto no puede ser exclusiva del arquitecto, si no que éste la habría de compartir con el promotor (y en su día el propietario), el aparejador, el ingeniero, el urbanista, el paisajista, el interiorista, etc. Téngase en cuenta que cada vez más se tiende a presentar proyectos integrales.

Sobre todo, por el carácter público de la institución y del fondo, no se trata de defender los derechos e intereses del colectivo profesional, si no de la sociedad entera. No olvidemos que este fondo archivístico guarda relación con una de las principales actividades económicas de nuestra sociedad; la construcción. Que se trata, en muchos casos, de uno de los derechos básicos de las personas; la vivienda. Recordemos que el periodo a destruir coincide con el de mayor actividad constructora de nuestro entorno; el gran desarrollo urbanístico de la conurbación madrileña, y previo a una crisis en el sector demoledora para toda la sociedad.

Es el caso que  la Junta de Gobierno  del COAM pretende dar cumplimiento a un acuerdo de 2015 tendente a reducir el volumen de este Archivo, especialmente en relación con la custodia del fondo en un centro privado, y su coste económico para el Colegio. Ya en aquel momento desde la página web de la Federación ANABAD nos hicimos eco de este caso, que, por otro lado, a poca gente interesó.

Del COAM, hay que recordar que su fondo archivístico forma parte del patrimonio documental madrileño, tal y como lo establece sin dudas la Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid. Una ley obsoleta, pendiente de ser sustituida por otra nueva, que duerme el sueño de los justos en la Asamblea de Madrid. En virtud de esa normativa, cualquier intervención que se hiciera sobre  este fondo documental requiere de la autorización de la Comunidad de Madrid, oído el criterio preceptivo del Consejo Regional de Archivos, y de cuya opinión disentimos profundamente en este asunto.

Lo que se haga con este fondo colegial puede ser determinante para el trato que se dé a los de otros colegios profesionales (de médicos, notarios, abogados, psicólogos, etc.); generalmente vinculados todos ellos a cuestiones sensibles para las personas y las sociedades. También  en lo que pueda ocurrir con los fondos de las Cámaras, las Academias, las Notarías y Registros de Propiedad, los órganos de la  Administración de Justicia, y un largo etcétera de instituciones de sumo interés.Todo esto ocurre mientras en la Comunidad de Madrid se echa en falta la existencia de un Archivo Histórico Provincial, distinto del Regional, que debería nutrirse con estos fondos entre otros, y dar servicio a estas instituciones como de hecho ocurre en la práctica totalidad de las provincias españolas.

El mismo acuerdo del COAM establece ciertos fondos que no se someterán a la eliminación:

.- Los posteriores a 1999 para la salvaguarda de los plazos de responsabilidad  profesional (por el momento).

.- El muestreo aleatorio del 10 % que se conserva en los expurgos.

.- Los expedientes de los  edificios declarados Bienes de Interés Cultural, BIC, (Naturalmente no de los que se puedan declarar en el futuro).

.- Los de los edificios protegidos según el catálogo de PGOUM (suponemos que los de todos los planes municipales).

.- Los de los edificios incluidos en la Guía de Arquitectura  del COAM. (No los que puedan ser incluidos en el futuro en esta Guía, hoy muy obsoleta).

.- Los relacionados con profesionales que figuren en el censo del Servicio Histórico.

.- Los legados cedidos al COAM.

.- La documentación propia del visado telemático.

.- los fondos de la Fundación Arquitectura.

El COAM ofrece a sus colegiados que puedan recuperar la documentación relacionada con ellos. No a los demás interesados directos, que, como queda dicho, pueden ser muchos.

Por su parte, la Subdirección General de Archivos de la Comunidad de Madrid se ha dirigido a los Ayuntamientos de la Región, avisándoles de la posibilidad de que estas administraciones locales puedan obtener los documentos relacionados con ellos en unas ciertas condiciones antes de su destrucción.

Lo primero que llama la atención es que la Comunidad de Madrid se dirija a las Secretarías Municipales y no a quien debe; a las Alcaldías, que son quienes ostentan la responsabilidad de cada Ayuntamiento y tienen la facultad de decidir al respecto, oídos los criterios del personal archivero de cada ayuntamiento.

No se ofrecen relación de inventario de cada municipio, por lo que la solicitud se haría “a ciegas”, cuando no “a tontas y a locas”. No parece serio.

En un principio los Ayuntamientos han de custodiar en sus Archivos Municipales un ejemplar de estos proyectos dentro de cada expediente de licencia de obra. Pero la realidad no siempre es así. En ciertos casos, o no estuvieron nunca, o han desaparecido o se han deteriorado de manera extraordinaria. Consideremos que en esas fechas (1973) prácticamente ningún ayuntamiento de la región tenía cubiertas las plazas de sus profesionales de los Archivos, ni los Archivos existían y funcionaban como tales.

Estos documentos, son de continuo requeridos por las administraciones o por la ciudadanía por numerosos motivos:

.- Labores rutinarias de conservación y mantenimiento de edificios; especialmente de  los más antiguos.

.- Realización de la ITV de edificios (obligatoria en muchos edificios).

.- Obras de restauración parcial o integral.

.- Peritajes e informes para contenciosos de muy diversa consideración.

.- Obras de mejoras en edificios, como instalación de ascensores, donde no los había, u otras.

               En según qué casos, se trata de documentación vital, o esencial. Necesaria de primer orden en casos de emergencia y desastres

               En su mayor parte estos usos son casos comunes para los que se suele pedir la documentación de este género en los Archivos Municipales, y no siempre se les puede atender, teniendo que remitir a los peticionarios al COAM.

Naturalmente la sociedad desconoce cuánto se avecina, pero no ocurre lo mismo en el cuerpo colegial del COAM. Son muchos las y los miembros del Colegio que no ven bien esta destrucción, y que, al contrario, proponen una tarea de expurgo riguroso: destruyendo documentación duplicada, o que a día de hoy carece de sentido: por ejemplo los proyectos de andamiaje de un edificio construido hace 30 años o su plan de seguridad laboral. Es documentación que ya carece de sentido, no así el núcleo duro de los expedientes. Esa labor procuraría puestos de trabajo cualificado que vendrían muy bien a nuestra profesión. Así lo plantean entre otros  quienes dentro del Colegio integran el colectivo ADN. Una plataforma seria y rigurosa.

También muestran su preocupación quienes como profesionales trabajan en los archivos municipales e integran el Grupo de Trabajo de Archivos Municipales de la Región de Madrid. Penosamente, en muchos casos no han sido tenidos en consideración ni por las secretarias ni por las alcaldías municipales a la hora de responder a la comunicación y ofrecimiento de la Comunidad de Madrid.

Naturalmente soy defensor del Estado de las Autonomías del que constitucionalmente nos hemos dotado, pero también en esta materia la Administración Central tendrá algo que decir. No olvidemos que estas decisiones se están fraguando  a menos de cincuenta metros de la sede del Ministerio de Cultura. ¿No va a haber ninguna reacción? ¿No habría que recuperar la Inspección General de Archivos, tan importante en otros momentos?

Sobre los fondos del COAM  caben más preguntas a formularse; por ejemplo ¿En qué situación y circunstancias se encuentra la vasta colección de maquetas de edificios que posee o poseía el Colegio? Se debe tratar de las maquetas que en muchos casos acompañaban a los proyectos de los edificios y cuyo paradero desconocemos. Sí sabemosque hace tiempo la Junta de Gobierno del COAM  en su momento estaba buscando acomodo para este fondo, llegando a negociar con algún rector de cierta universidad española la creación de un “archivo de maquetas”. Quizá este extremo deba ser aclarado, pues, sin duda, tales piezas forman parte también del patrimonio cultural madrileño.

Quienes como administración o particulares se sientan incumbidos por esta cuestión, la destrucción del Archivo del COAM, podrán establecer los pertinentes recursos, pero obviamente, para ello es preciso estar dotado de medios económicos y jurídicos para afrontar la tarea. Les animamos a que la emprendan y no cesen, o al menos que se manifiesten antes de que el desastre sea irremediable.

Me reafirmo en la opinión de que se trata de un Archivo público, por ser los Colegios Profesionales entidades de derecho público. En este sentido me llama la atención el procedimiento que tienen establecido para la consulta de proyectos, pues, incluso siendo el consultante el promotor o el propietario de la construcción, le requieren la autorización del arquitecto autor, con una variada casuística, según que éste esté vivo o no, y otras circunstancias.

También habrá que recordar el intento repetido varias veces de aplicar estas mismas normas a los proyectos conservados en los expedientes de Licencia de Obras en los Archivos Municipales. Se trata de cobrar una tasa como derecho de autor

La Federación ANABAD  se preocupa por la situación de estos archivos tan especiales, y, por lo tanto, merecedores de todo nuestro cuidado, por eso reclamamos el ejercicio de la responsabilidad de quienes tienen la misión de mirar por el derecho de las gentes y por el patrimonio documental en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la totalidad del Estado Español.

Nosotros, como asociación Profesional, hemos de aprovechar nuevamente la ocasión para requerir de todas las administraciones públicas, todas las entidades de derecho público o privado que poseen patrimonio documental la necesidad de dotar a sus plantillas de adecuado personal técnico archivístico y a sus archivos de los medios técnicos y materiales necesarios para la correcta conservación de sus fondos.

José María Nogales Herrera

Presidente

Federación ANABAD. España

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