La Agencia Española de Protección de Datos autoriza la conservación de datos personales con fines históricos

La Agencia Española de Protección de Datos autoriza, por primera vez, la conservación de datos personales con fines históricos.

La resolución de la AEPD autoriza la solicitud de una organización sindical para conservar datos de sus afiliados y representantes sindicales, con fines históricos. Con carácter general, la LOPD establece que los datos personales deben ser cancelados cuando dejan de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la que fueron recabados. La normativa de protección de datos prevé, como excepción, el mantenimiento íntegro de determinados datos si se justifica la existencia de valores históricos, estadísticos o científicos de acuerdo con la legislación específica. El procedimiento de autorización para la conservación de datos está regulado en el artículo 157 del Reglamento de desarrollo de la LOPD, y exige, además de motivar la petición, identificar los datos que se pretenden conservar y detallar las medidas para garantizar los derechos de los titulares de los mismos.

Resolución


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