Los documentos que se llevó el viento

Los documentos que se llevó el viento

Confirman la absolución de una funcionaria del Ayuntamiento de Granada y su ex marido por la desaparición de un censo del siglo XIX y de otros documentos históricos luego recuperados

Y. HUERTAS GRANADA | ACTUALIZADO 02.11.2015 – 01:00

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El Libro de Censos de 1886. Cuadernos relativos a censos a favor del Ayuntamiento de 1912 y 1913. Relaciones mandadas al Registrador de la Propiedad de los Censos y copias de los presupuestos de 1941 y 1950. Todos estos documentos, de indudable valor histórico y tasados en 24.600 euros, permanecieron fuera del archivo del Ayuntamiento de Granada durante bastante tiempo, probablemente años, aunque no se supo nada de su desaparición hasta el verano de 2011, justamente cuando fueron recuperados y regresaron al patrimonio documental andaluz, de donde a día de hoy aún nadie sabe cómo salieron. 

Aquel extravío, pérdida o desaparición se saldó con la imputación de una funcionaria del Consistorio granadino y su ex marido. Ambos fueron enjuiciados el año pasado por el juez de lo Penal 3 de la capital, que los absolvió por “no” quedar debidamente acreditado que ella, que ostentaba un cargo de responsabilidad en el registro y archivo de los documentos del Área de Economía, “hubiera sustraído dichos documentos ni que los mismos se encontraran bajo su efectiva custodia”. 

En cuanto al ex marido de la funcionaria, la resolución dictada por el juzgado consideró probado que el hombre llegó a tener en su poder, “por medio que no ha quedado acreditado” y “al menos desde el año 2010”, los documentos antes indicados, los cuales, como determinó el juez, “por su origen público y antigüedad” tienen el carácter de “históricos”. 

Contra aquel fallo, dictado el 30 de junio de 2014, el Ayuntamiento interpuso un recurso que este verano aterrizó en la Audiencia Provincial de Granada. Concretamente, cayó en las manos de los magistrados de la Sección Segunda, quienes, tras estudiar el caso, decidieron confirmar “íntegramente” la absolución de los dos acusados. 

La Audiencia dictó su sentencia el pasado 19 de junio y desestimó el recurso del Consistorio, que pedía la condena de la funcionaria. En su resolución, a la que ha tenido acceso este diario, el tribunal recuerda que “el único dato de carácter objetivo” existente contra la imputada era ostentar desde 1998 el cargo que tenía en el Área de Economía del Ayuntamiento granadino, al que pertenecían los documentos que posteriormente estuvieron en poder del coacusado y ex marido de ella. 

“Respecto del resto de hechos, el juez de instancia afirma no existir prueba sobre los mismos, ni directa ni indirecta, a través de la prueba indiciaria, no constando cuándo salieron del Ayuntamiento (algunos de ellos son ciertamente antiguos), quién los sacó de las dependencias públicas, y menos aún que fuera la acusada”, indica la sentencia. 

No todos los documentos eran antiguos y valiosos. También había otros modernos, de entre 1993 y 2006, y cuyo destino normal hubiese sido “su destrucción pasados cinco años”. Sobre los históricos y el lugar donde estaban o debían de estar, el tribunal recuerda que “la permanencia” de éstos en el Área de Economía “no aparece clara” a través de los testimonios de los testigos que declararon en el juicio, “pues en realidad parece que debieran de estar en el Archivo Municipal, al que nunca llegaron”. 

La Audiencia recuerda que el juez de lo Penal 3 no consideró acreditado “en ningún momento” que la funcionaria se llevase los documentos a su domicilio “porque no se otorga credibilidad a la declaración del coacusado”, por ser su ex marido y por su “anómala actuación”. 

Y es que el hombre tuvo en su poder “bastante tiempo”, quizás “años”, aquellos libros y papeles y “los entrega primero a un concejal del PSOE para comprometer al alcalde”. Al no conseguirlo se los entregó después a un periodista de otro medio de Granada, “no sin antes, parece ser, querer utilizar los mismos para obtener algún tipo de ventaja en el complejo y controvertido proceso seguido para el divorcio de los cónyuges”. 

La Audiencia recuerda al Ayuntamiento que no puede hacer una nueva valoración de los hechos y evoca la doctrina del Tribunal Constitucional para ratificar la absolución de los dos acusados, a quienes en su día se les imputaron delitos de hurto e infidelidad en la custodia de documentos. Así, con este fallo, que es firme, los magistrados de Plaza Nueva han consagrado su exculpación.
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