Tristemente con demasiada frecuencia recibimos noticias negativas que tienen que ver con el patrimonio documental, y con el peligro que puede correr su conservación. Muchas de esas noticias guardan alguna relación con la actividad del poder judicial, y en tales circunstancias los profesionales quizá no saben qué pensar ni cómo actuar.
Si, por ejemplo, desaparece un documento singular del patrimonio eclesiástico, cuando se juzga y condena al infractor, la institución a la que compete la custodia queda liberada de toda responsabilidad. Como si el asunto no fuera con ella.
El último episodio conocido públicamente es la reciente publicación en los medios de comunicación de una fotografía del espacio de archivo administrativo en que se custodia la documentación de uno de los casos judiciales, actualmente en fase de instrucción, de mayor envergadura; el caso de los ERE de Andalucía: la mitad de las cajas están “colocadas” en sus respectivas estanterías, y la otra mitad amontonadas en el medio de la estancia.
Nos causa sonrojo ver esas escenas en la prensa, como otras que han aparecido en los medios en otros momentos.
El Poder Judicial habría de procurar sin duda que los archivos de la administración de justicia se encuentren en perfecto estado de revista, que dispongan de los adecuados espacios de custodia y tratamiento de los documentos, de las apropiadas herramientas de descripción y recuperación de la documentación y de la información en ella contenida y todo ello pasa forzosamente por que en el seno de la estructura administrativa de la Justicia se dote de suficientes plazas de empleados públicos que asuman esas tareas profesionales: ¿Para cuándo la creación de un cuerpo de Archivero/as que atienda las imperiosas necesidades de la administración de justicia?
Otro de los casos judiciales mediáticos actualmente en desarrollo, el conocido como ”Gürtel”, o “de los papeles de Bárcenas” también contiene graves vínculos con la gestión de los documentos, especialmente la causa separada que investiga desde la Audiencia Nacional la financiación del Partido Popular. Resulta que en esta causa, cuando el juez pide cierta documentación contenida en unos ordenadores, éstos han desaparecido y para sorpresa de propios y extraños no ha ocurrido nada.
Si bien es cierto que los ordenadores pueden ser de propiedad privada del mencionado partido político, y eso nadie se lo discute, no es menos cierto que la documentación de los partidos políticos pertenece al patrimonio documental español, pues así lo determina la ley 16/1985 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que en su Título VII, Capítulo I, Artículo 49, párrafo 2 determina: “Forman parte del Patrimonio Documental los documentos de cualquier época generados, conservados o reunidos en el ejercicio de su función por cualquier organismo o entidad de carácter público, ….”, en cuyo concepto se incluyen si duda los partidos políticos, así lo entendemos, y así lo entiende la Ley 4/93 de 21 de abril de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid, que en su Título I, Artículo 6, apartado b, determina que en concreto lo son: “las entidades y asociaciones de carácter político, sindical o empresarial de ámbito madrileño”.
En esos ordenadores lo que había eran documentos, pues también determinan ambas leyes que los documentos lo son indistintamente de cual sea su soporte (papel electrónico, etc.).
A la destrucción de la documentación contenida en esos ordenadores ha sucedido en el tiempo otro episodio, y es que estando la causa abierta por una acusación particular, ha desaparecido igualmente la documentación de, suponemos que en soporte papel, referida a toda dicha causa.
Por si esto no fuera suficientemente llamativo, no lo han sido menos las declaraciones del representante profesional de los secretarios judiciales, manifestando a los medios que la custodia y traslado de toda esa documentación era competencia y responsabilidad del Gobierno Regional de Madrid.
Si esas declaraciones causaron cierto asombro, no han causado menos entre los Profesionales de los archivos, la falta absoluta de explicaciones por parte de ambas administraciones implicadas, la regional y la judicial. Realmente ¿Nadie tiene nada que decir al respecto?
Así las cosas ¿Con qué ánimo las asociaciones de profesionales pueden asumir la denuncia de casos tan penosos como éstos?.
Todo el país se encuentra sumido en un proceso electoral que va a durar todo el año; es una época muy propicia a la desaparición de documentación en oficinas que por mor de la democracia van a cambiar de titular. A dichos titulares habrá que recordar que la documentación en cualquier soporte que se de es de titularidad pública, y por lo tanto no debe ser enajenada ni destruida.
José María Nogales Herrera
Vicepresidente de ANABAD