A vueltas con el canon

En el pasado mes de diciembre las entidades de gestión de los derechos de autor CEDRO, DAMA, SGAE y VEGAP comenzaron a enviar cartas a los Ayuntamiento como organismos titulares de de archivos y bibliotecas que realizan o pueden realizar préstamo de obras que estén sujetas a lo regulado mediante el RD 624/2014 de 18 de julio, publicado en el BOE nº 8.275 de 1 de agosto del mismo año.


Nos llama la atención varias cuestiones, tales como el hecho de que la carta, habiendo sido enviada por correo convencional no lleve incorporada en el membrete una dirección postal convencional a la que poder responder; sólo aporta una dirección electrónica con una firma de una persona que suponemos pertenece a la entidad CEDRO, pero que no se identifica por ningún cargo o puesto, sólo por su nombre.

 

 

Igualmente nos llama la atención el hecho de que dichas cartas van dirigidas a la atención del Sr. Secretario, (que, por cierto, en muchos casos podrá ser secretaria) –esta señora debería utilizar un lenguaje no sexista-, en vez de ir dirigidas, como se debe hacer a la Alcaldía de cada Ayuntamiento.

 

Han asumido que el decreto habrá de entrar en vigor en fecha posterior a su publicación el 1 de agosto de 2.014, aunque en muchos medios se interpretaba que lo habría de hacer el 1 de enero de ese mismo año, circunstancia algo anómala, por cuanto siempre la norma entra en vigor a partir de su promulgación, sin tener efecto retroactivo.

 

En compensación, aunque pensamos que ya no tenía efecto, y esgrimiendo la disposición transitoria de la ley 10/2007 de 22 de junio, reclaman los derechos correspondientes a los años 2009 a 2013, años, por cierto, muy interesantes en este sentido por cuanto en la mayor parte de este periodo estuvo activo el plan de fomento de la lectura del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, en los que las bibliotecas aumentaron muy notablemente y como nunca más después sus fondos bibliográficos.

 

Las entidades están impacientes por recibir la información para realizar los cálculos y emitir la correspondiente factura, naturalmente al 21 %.

 

Hay que recordar que el RD está recurrido y que, como ocurrió con el que regulaba el euro por receta, puede quedar suspendida su aplicación. Suponemos que en las Secretarías de los Ayuntamientos sabrán cómo actuar.

 

 


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